jueves, 30 de septiembre de 2010

ENSAYO 4: MARIBEL ESPIRITU MADRIGAL 30-09-10

*REFORMA DEL ESTADO:
Hoy jueves en clase se hablo sobre el tema de las reformas del Estado en forma general y después algunos equipos hablaron sobre las reformas con las que cuentan los países que están estudiando. Se puede mencionar que la reforma del Estado son procesos cuyos objetivos buscan que el Estado asegure su supervivencia y su funcionalidad ante los cambios económicos, políticos y sociales de un país. Las reformas estatales en otros países como Paraguay permiten identificar logros, fracasos y deficiencias. En las Reformas del Estado se debe incluir o asignar el tipo de administración pública necesaria para responder y atender de manera eficaz las demandas de la sociedad.

miércoles, 29 de septiembre de 2010

REPORTE #3 (LIMBER OMAR MEDINA)

ECONOMIA, DERECHO Y ESTADO:

como conclusion y opinion personal a la clase " relacion Economia, Derecho y Estado es que estos componentes forman un regimen de derechos hacia el estado estos factores son los indicados para que un estado tenga una economia para el mejoramiento del pais, un derecho en el cual puedan expresar sintemor alguna y el estado que sea un mejoramiento para ello.

REFORMA DE ESTADO:

Ø REFORMA DEL ESTADO:
Reforma significa la acción y efecto de reformar o reformarse; es decir, lo que se propone, proyecta o ejecuta como innovación o mejora en alguna cosa.
Nace la idea de la reforma como una reacción frente al Estado omnipotente, intervencionista, al denominado “Estado del Bienestar”. El Estado debe renunciar a preocuparse por la felicidad y el bienestar de los ciudadanos. Reformas en la estructura del Estado y los cambios de orden político, económico y social que han sucedido en las diferentes épocas históricas. Un claro ejemplo de constantes reformas es Roma con tres grandes etapas: la Monarquía, la Republica y el Imperio (Luis Enrique Chase Plate).
Ø REFORMA DEL ESTADO EN PARAGUAY:
El aspecto más llamativo del Estado paraguayo es que el tamaño del mismo es tan pequeño. Así, la proporción de los gastos de la administración central en relación al PIB ha sido mucho menor en el caso paraguayo, en comparación a la mayoría de los países latinoamericanos, durante el siglo XX.

Esta pequeñez del Estado paraguayo es el fiel reflejo de una economía caracterizada por una estructura industrial muy incipiente, por la dependencia de la producción primaria y por niveles muy bajos de protección arancelaria.

Paraguay se integra a los procesos socioeconómicos y políticos de la región, y busca recuperar terrenos perdidos. Uno de los grandes debates en la que estaban inmersos los países de América latina en este entonces era la reforma del estado. El centro de la polémica de Paraguay es el rol del estado y el tipo de sociedad que se debe de construir.
La reforma de estado de Paraguay se encarga de la seguridad externa, del mantenimiento del orden público, de las relaciones exteriores y de la provisión de algunos servicios básicos.
En el momento de iniciarse el período de transición a la democracia en 1989 no existía un Estado sobredimensionado como tampoco el Paraguay enfrentaba una
Crisis de un ‘Estado de Bienestar’ (Garcés Mario, programa Mercosur Social y Solidario)

http://www.une.edu.py/maestriacs/reformando_el_estado_en_py_andrewnickson2009.pdf

ENSAYO 3: MARIBEL ESPIRITU MADRIG. 28-09-10

*RELACION ESTADO, ECONOMIA Y DERECHO
Mi opinión sobre la relación que existe entre el Derecho, Estado y Economía, de acuerdo a lo debatido en clase puedo mencionar que el Estado es el encargado de dirigir, administrar y controlar las instituciones que se encuentran en este y las cuales se manejan por el derecho. La relación que existe entre el Estado y la Economía es que se debe dar el desarrollo de un pueblo, comunidad o sociedad esto con el fin de satisfacer las necesidades de sus miembros.

lunes, 27 de septiembre de 2010

RELACION DE ECONOMIA, ESTADO Y DERECHO EN PARAGUAY

·         DERECHO:
Es el sistema de normas, principios e instituciones que rigen de manera obligatoria, en sociedad, para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO.

A) EL DERECHO ES UN CONJUNTO DE NORMAS JURIDICAS
No todas las normas que rigen la conducta del hombre son de naturaleza jurídica, pues existen otro tipo de normas (religiosas, morales, de trato social). Solamente son “jurídicas” aquellas normas que regulan relaciones de justicia, entre dos o más personas cuando e encuentran vinculadas con derechos y obligaciones recíprocos, ya sea por un contrato, o por hechos ilícitos.

B) REGULA LA CONDUCTA DEL HOMBRE
Únicamente el actuar del hombre es objeto de relaciones de justicia, pues su naturaleza racional (pues solo el hombre tiene inteligencia y voluntad) lo cual lo convierte en un ser con capacidad jurídica, la cual es la aptitud que tiene toda persona en ser titular de de derechos y obligaciones.

C) EN SOCIEDAD
Solo en la sociedad se dan las relaciones de “alteridad” (“alter”-otro) aquella que se da entre dos o más personas.
(http://www.mitecnologico.com/Main/ConceptoDeDerechoYSusCaracteristicas)

·         ESTADO
La palabra estado es un concepto político que nombra a una forma de organización social soberana y coercitiva de esta forma el estado, es el conjunto de las instituciones que posee la autoridad y la potestad para regular el funcionamiento de la sociedad dentro de un territorio determinado.
Según Max Weber el estado es una organización que cuenta con el monopolio en la violencia legítima. Ya que asume las funciones de gobierno, defensa, seguridad y justicia, en un determinado territorio. El estado derecho es aquel que su organización en la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial).
(http://definicion.de/estado/)

·         ECONOMIA
La economía es una ciencia social que estudia cómo las personas, organizaciones y países asignan los recursos. Tiene como objeto el estudio de las relaciones de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios e ideas.
La finalidad principal de la economía es mejorar el bienestar de las personas, lo que no necesariamente significa otorgarles la mayor cantidad de bienes de consumo.
(http://www.econlink.com.ar/concepto-de-economia)


RELACION ENTRE ECONOMIA, ESTADO Y DERECHO:

En la economía de Paraguay el principal obstáculo al desarrollo productivo consiste en la imposibilidad de obtener economía de escalas debido a las dimensiones reducidas del mercado domestico. Por lo tanto, el acceso a los mercados de los socios regionales de mayor tamaño es fundamental para mejorar la productividad y la competitividad y lograr un mayor crecimiento económico y bienestar social (Paolo Giordano).

La relación que existe entre Paraguay y el Estado es que este ha realizado esfuerzos tendientes a proteger sus derechos como asignaciones de tierra a comunidades. El Estado surge antes de que hubieran madurado las insipientes nacionalidades o se hubiesen integrado y diferenciado las estructuras sociales de las naciones. Esto significa que el Estado en formación no funciono como pieza final, si no como el instrumento institucional central para la siguiente consolidación de la nación (Pablo González Casanova).

En Paraguay el reconocimiento del derecho tradicional sigue varias tendencias en las constituciones sudamericanas, en general se trata de reformas operadas desde la mitad de los años noventa. El derecho tradicional parte de un reconocimiento a las comunidades, como el sujeto titular de derecho, pero no específica sus competencias (territorial u personal) lo asen vagamente (material), tal vez confiando en la emisión de una ley de compatibilidad (Carlos Ochoa García).

domingo, 26 de septiembre de 2010

REPORTE #2 (LIMBER OMAR MEDINA)

JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE 201º
(EFICIENCIA DEL ESTADO)
Una de las críticas liberales que se pregonan respecto al Estado es su ineficiencia cuando asume el control de las empresas, señalando que es mejor que el Estado no intervenga en la economía para que así solo se dedique a sectores de vital importancia para la sociedad como salud, educación, entre otros.
Lo visto en clases fue  La eficiencia del Estado como conclusión podemos decir que esto  se da cuando se consigue cubrir los costos que se necesitaría para el desarrollo de una economía, lo cual no es posible para la mayor parte de las naciones, dado que la industrialización por sustitución de importaciones (ISI) es más caro que antes; ósea, en vez que los liberales se preocupen a que los Estados obtengan ingresos para cubrir la ISI, critican cualquier accionar de éste en la economía. Y la razón de eso es que con poca intervención estatal en la economía las transnacionales obtienen mejores ganancias, las cuales son defendidas por los liberales.

REPORTE #1 (LIMBER OMAR MEDINA)

JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE 2010…
(FUNSION SOCIAL DEL ESTADO)
En la clase del jueves lo visto en clases fue sobre la “función social del estado” Como conclusión a esta clase podemos decir que El Estado social es un sistema que se propone de fortalecer servicios y garantizar derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad.

viernes, 24 de septiembre de 2010

Ensayo 2: Maribel Espíritu Madrigal

Eficiencia del Estado.

Con este tema debatido en clase concluí que la eficiencia del Estado seda con la capacidad del mismo para formular y ejecutar políticas que favorezcan al desarrollo de las economías o al bienestar de la sociedad; ya que debe existir un equilibrio en la política, lo social y la economía; ya que estos son los componentes más relevantes que integran al Estado para que exista una buena administración de un país.

Eficiencia del Estado:

LA EFICIENCIA DEL ESTADO.
La eficiencia del estado es fundamental para el desarrollo y la calidad de las instituciones, para que pueda satisfacer  las necesidades de una economía de mercado moderna y dinámica, este debe tener un tamaño adecuado; aunque en algunos países  el estado puede ser un obstáculo para el desenvolvimiento del economía privada.
Uno de los problemas que enfrenta el crecimiento económico de esta región es la debilidad de los estados para articular políticas de desarrollo, el estado debe proveer bienes públicos indispensables para una economía de mercado, debe definir con claridad los derechos de propiedad y garantizar que será resguardado por el poder judicial.
En el contexto de economía que busca crecer aceleradamente uno de los papeles ineludibles del estado es la coordinación de decisiones que deben tomarse simultáneamente, sin las cuales es muy difícil que una economía desarrolle nuevas actividades rentables, en otras palabras –ventajas comparativas- en un periodo razonable (Manuel R. Agosin, Roberto Machado “Pequeñas Economías, grandes desafíos”)
COMO SE MIDE LA EFECIENCIA DEL ESTADO EN PARAGUAY
Para poder hablar de la Eficiencia del Estado es necesario definir su significado, la Real Academia Española define a la Eficiencia como la “capacidad de disponer de alguien o de algo para conseguir un efecto determinado”, lo cual se entiende que la eficiencia está encaminada a encontrar  o conseguir un fin o meta
En Paraguay   se mide la eficiencia del estado por los caminos que llegue a construir  y no por la eficiencia de los servicios públicos que preste, ya que se prefiere la relación  la relación visible al funcionamiento invisible.
La distinción entre eficiencia y economía es de fundamental importancia, la primera mide la utilización de recursos físicos en relación con los resultados físicos, mientras que la eficiencia económica mide los costos de utilización  de recursos en relación  con el valor de los resultados  puede aparecer disparidades entre ambas (Albino Gómez ).

jueves, 23 de septiembre de 2010

ENSAYO 1: MARIBEL ESPIRITU MADRIGAL 23-09-10


  • Funcion Social del Estado:
En la clase de hoy jueves debatimos sobre la Funcion Social del Estado y cual es la importancia que tinene el Estado en el pais de Paraguay. Conclui que la funcion del social del Estado es crear, conservar y comprometerse a materializar acciones directas para satisfacer las demandas y necesidades de los habitantes, para lograr el bienestar general. El Estado lo hace a través de los pactos, tratados y convenios, entre otros instrumentos  se dedica a actividades establecidas dentro del marco jurídico legal establecidas en el Estado de Derecho y  cumple una extraordinaria e imprescindible función social.

Por ello, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la sociedad y del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, son funciones indelegables del Estado apoyados en las actividades corporativas.

CUAL HA SIDO EL PAPEL DEL ESTADO EN LA ECONOMÍA DE PARAGUAY

Cual ha sido el papel del estado en la economía de Paraguay.
El sistema de Gobierno es Democrático, contempla la partición de los poderes del Estado en
·        Poder Ejecutivo: Consta con el Presidente y vicepresidente, elegidos ambos por mayoría de votos y con una duración en sus funciones de 5 años.
Funciones:
- Representar al Estado.
- Administrar al país.
- Gobernar la política del país.
- Representar al país en el extranjero.
- Cumplir y hacer cumplir las leyes.
·        Poder Legislativo: Componen la cámara de senadores y diputados. Duran en sus funciones 5 años y con posibilidad de ser reelectos.
Funciones
- Elaborar y sancionar leyes.
- Estudiar y aprobar proyectos.
·        Poder Judicial: Compone de los jueces, encargados de hacer cumplir las leyes, juzgar y sancionar a las personas que han cometido delitos. Consta por:
- Corte Supresa de Justicia.
- Consejo de la Magistratura.
- Tribunales.
- Juzgados.
La economía paraguaya se caracteriza por ser pequeña y abierta, con amplia dependencia de su comercio exterior. Su modelo económico está basado en la producción y exportación de pocos rubros agrícolas y carne, así como también en el comercio de importación y re-exportación de productos de consumo.
La balanza comercial durante el 2006 tuvo un déficit de USD 3.347,9 millones, lo que implicó un incremento de 114,1% con respecto al año inmediatamente anterior y representó el 34,1% del PIB. En el año 2006, las exportaciones paraguayas registradas crecieron a un ritmo del 13 %, alcanzando un récord histórico de USD 1.906,4 millones, mientras que las importaciones registradas se incrementaron en un 261,6% con respecto al año anterior, alcanzando USD 5254,3 millones.
La economía de Paraguay se caracteriza por la predominancia de los sectores agro ganaderos, comerciales y de servicios. El sector industrial aún no se encuentra muy desarrollado, y se basa principalmente en el procesamiento de bienes agrícolas y ganaderas.
El sector comercial se encuentra fortalecido por el turismo de compras por compradores procedentes de Brasil y Argentina, ya que una serie de productos importados tienen un costo significativamente menor que en los países vecinos.

En el 2010, el Paraguay está experimentando la mayor expansión económica de la región y la más alta de América Latina, con una perspectiva histórica de crecimiento del PIB de 9% para final del año[]. Sólo en el primer semestre de 2010, el país tuvo un crecimiento económico del 14%. El 49,9% del crecimiento del PIB corresponde a la agricultura; el 9,7% a la industria (incluyendo la construcción y las utilidades públicas); el 34% corresponde a servicios y el 6,1% a las tasas.
Una nueva estimación de la consultora internacional norteamericana PricewatherhouseCooper, proyecta un crecimiento del 10,5% para el 2010.
Industria
El sector industrial produce aproximadamente 25% del producto interno bruto de Paraguay (PIB) y emplea a cerca de 31% de la fuerza laboral (octubre de 2005). La producción creció un 2,9 por ciento en 2004, tras cinco años de disminución de la producción. Tradicionalmente, de economía agrícola, el Paraguay está mostrando algunas señales de crecimiento industrial a largo plazo. La industria farmacéutica está sustituyendo rápidamente a los proveedores extranjeros de drogas en el cumplimiento de las necesidades del país. Las empresas paraguayas se reúnen ahora el 70% del consumo interno y también han comenzado a exportar medicamentos. Un fuerte crecimiento también es evidente en la producción de aceites comestibles, prendas de vestir, azúcar orgánica, procesamiento de carnicos, y acero. Sin embargo, el capital para nuevas inversiones en el sector industrial de la economía es escaso. A raíz de la revelación de la corrupción financiera generalizada en la década de 1990, el gobierno sigue trabajando para mejorar las opciones de crédito para las empresas.
Durante los últimos años, las industrias farmacéuticas y el ensamblaje de biciclos han registrado importantes tasas de crecimiento. El Régimen de Maquila, que permite la realización de procesos productivos para industrias extranjeras a bajo costo permitió la implementación de nuevas industrias, así en la curtiduría, procesamiento de maderas, y el sector textil.
 bibliografia.
Paraguay Ministerio de Industria y Comercio/ Riedex






DIARIO: DORA ANGÉLICA

SEGUNDA PARCIAL

FUNCIÓN SOCIAL DEL ESTADO
Esa función de orden o de organización del estado presenta diversas modalidades. Estas se refieren a los niveles en que se ejerce en particular:
·         Función técnico-económica-nivel económico
·         Función propiamente política-nivel de la lucha política de clases
·         Función ideológica-nivel ideológica.
Sin embargo, la función técnico-económica y la función ideológica del Estado están sobre determinadas por su función propiamente política, la concerniente a la lucha política de clases, en cuanto constituye modalidad del papel global del estado, factor de cohesión de la unidad de una formación:
·         Papel global del estado: es un papel político.
El estado está en relación con una sociedad dividida en clase y con el predominio político de clase, precisamente en la medida en que tiene ese lugar y ese papel en n conjunto de estructuras que tiene por efecto, en su unidad, la división de una formación en clases y el predominio político de clase. No hay una función técnico-económica, una función ideológica y una función política del estado: hay una función global de cohesión que le es asignada por su lugar, modalidades de esa función sobre determinadas por la modalidad específica política.
En este sentido lo que nos dice Engels: “lo que importa aquí es solamente comprobar que, en todas partes una función social está en la base del predomino político; y que el predominio político no subsistió a la larga si no cuando desempeñaba esa función social que él estaba confiada” (Poulantzas, Nicos, 2001 pag.52 “Poder Político y Clases Sociales en el Estado Capitalista”).
Nicos Poulantzas se basa en los temas de Althusser: “la revolución teórica de Marx” y en el capital “materialismo histórico y materialismo dialectico”  de los autores Cahiers Marxista.

martes, 14 de septiembre de 2010

“EXAMEN PRIMERA PARCIAL”

MARIBEL ESPIRITU M..............
El país que yo elijo para mi examen es Paraguay, ya que es un país que cuenta con derecho económico, ya que cuenta con un sistema económico que lo valida y que estos a su vez son garantizados por la Constitución del mismo país y controlados por las leyes que los rigen, es decir, lograr que el país o los Estados logren metas establecidas con los agentes productivos.
Para que Paraguay  logre su pleno desarrollo necesita tener crecimiento económico en la producción de bienes y servicios, para que se logre necesita distribuir de una manera correcta la riqueza generada en los tres sectores, un claro ejemplo es el crecimiento del sector industrial que ha ido aumentando con el paso de los años; esto también se debe a las leyes o políticas que rigen a este país  como se mencionaba en el tema del Jusnaturalismo que estas deben ser vigiladas por el derecho económico.
Este país con el paso de los años ha aumentado su crecimiento económico de manera significativa, esto debido al sector servicios que tiene una mayor relevancia a comparación de los otros dos sectores, este crecimiento económico se debe más que nada al crecimiento industrial que se ha venido logrando en este país.  

domingo, 12 de septiembre de 2010

Actividad de Paraguay

Hacer un análisis del cuadro elaborado en clase.

En el cuadro anterior se presenta la forma de gobierno de algunos países, se observa que Paraguay fue uno de los primeros países que logro convertirse a Estado en el año de 1537.

Con este logro el país se convirtió en Estado República, esto con el fin de tener un Estado democrático (decisiones colectivas adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que les confieren legitimidad a los representantes).

• Como están divididas las clases sociales de Paraguay.

En Paraguay las clases sociales tienen que ver con la capacidad de acción colectiva. Esto lleva a las organizaciones de clase, es decir a las vías por medio de las cuales las clases hacen manifiesta su presencia en la sociedad que les da origen y que las cobija. En consecuencia, el análisis sociológico de las clases sociales supone combinar tres componentes, a saber:

(i) La matriz de los intereses sociales de clase.
(ii) El proceso de reproducción de las clases.
(iii) Las formas de organización colectiva a través de la cuales se expresa la clase social como actor colectivo en la sociedad.

Clases de servicio.
I Profesionales, administradores y funcionarios de nivel superior, dirigentes de grandes empresas, grandes empresarios.
II Profesionales, administradores y funcionarios de nivel inferior, técnicos con altos niveles de calificación, dirigentes de empresa pequeñas y medianas, supervisores de trabajadores no manuales, empleados.

Clases intermedias.
III a Empleados ejecutivos.
III b Trabajadores de servicios.
IV a Pequeños empresarios y trabajadores autónomos con dependientes.
IV b Pequeños empresarios y trabajadores autónomos sin dependientes.
V Técnicos de nivel inferior, supervisores de trabajadores manuales.

 Clases trabajadoras.
VI Trabajadores manuales industriales calificados.
VII a Trabajadores manuales industriales no calificados.
VII b Trabajadores manuales agrícolas.

En general estas clasificaciones permiten reducir significativamente las numerosas situaciones ocupacionales a un número reducido de categorías o “clases” construidas de modo tal que puedan entregar criterios para definir fronteras de cada categoría respecto de las demás y sortear así el riesgo del nominalismo.

Página: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/0/20590/sps96_lcl2192pe.pdf

viernes, 10 de septiembre de 2010

CONCLUSIÓN DE LA PRIMERA PARCIAL

Como conclusión de la primera unidad nosotros como equipo podemos decir que fue favorable para nosotros, ya que nos pareció interesante poner nuestras ideas principales sobre el tema a tratar por medio de nuestro blog y de esta manera comentar en los demás blog si estábamos de acuerdo o no con su comentario sobre los mismo (como punto de discusión) temas antes visto como son:

• Derecho económico
• Factores del derecho
• Derecho social
• Derecho privado
• Jusnaturalismo

Estos temas nos parecieron bastante interesantes ya que fueron conocimientos en el cual teníamos una idea pero no tan clara y este nuevo sistema nos ayudo aclarar nuestras dudas sobre algunos temas. Para nosotros si se lograron los objetivos o competencias de la primera parcial, ya que también era un reto manejar un blog que nunca habíamos creado o utilizado, pero actualmente ya manejamos y entendemos mejor a nuestro blog llamado “WordFashion”.

paraguay

PARAGUAY


BREVE HISTORIA:

El Paraguay fue descubierto por Alejo García y Sebastián Gaboto ambos a las órdenes de España en el año 1524, en tanto la ciudad de Asunción fue fundada en 1537 por Juan de Salazar y Espinosa natural de Espinosa de los Monteros (España) siendo consolidada por Juan de Ayolas. Dándose inicio así a una larga historia de Colonialismo, hasta el año 1811, año en que se independizó de España.

Es un país de América, ubicado en la parte centro sur y oriental de América del Sur y en la región norte y noreste del Cono Sur. El territorio paraguayo ocupa dos regiones diferentes separadas por el río Paraguay: la Oriental, que es la más poblada, y la Occidental, que forma parte del Chaco Boreal.

DEMOCRATICO

• Paraguay es un estado laico, democrático y unitario, organizado en 17 gobernaciones o departamentos y una capital. Mantiene IDH medios y una economía en desarrollo. Entre sus mayores potenciales se destacan la exportación de energía eléctrica, siendo el segundo mayor exportador mundial de energía y propietario junto con el Brasil de la mayor hidroeléctrica operativa en el mundo. Es el sexto mayor productor de soja y noveno exportador mundial de carne vacuna. Por su ubicación geográfica, es conocido como El corazón de América.

POLITICA:

El Poder Ejecutivo es ejercido por el presidente de la República. Además existe un vicepresidente quien, en caso de impedimento o ausencia temporal del presidente o vacancia definitiva de dicho cargo, lo sustituye con todas sus atribuciones.

El Poder Legislativo es ejercido por el Congreso, compuesto de una Cámara de Senadores (cámara alta), de 45 miembros, y una Cámara de Diputados (cámara baja), que consta de 80 diputados.

El Poder Judicial está a cargo de la administración de justicia y es ejercido por la Corte Suprema de Justicia, y por los demás tribunales y juzgados que establece la ley. La Corte Suprema es el más alto tribunal del Paraguay. El Senado con el acuerdo del Presidente designan a sus nueve miembros o Ministros, sobre la base de ternas presentadas por el Consejo de la Magistratura, previa selección basada en la idoneidad, con consideración de méritos y aptitudes.

ESTADO JURIDICO:

Paraguay es un Estado unitario que propende a la descentralización, en la forma que establece la constitución y las leyes. Para los efectos de la estructuración política y administrativa del Estado, el territorio nacional se divide en departamentos, municipios y distritos que, dentro de los límites la constitución y las leyes, gozan de autonomía política, administrativa y normativa para la gestión de sus intereses, y de autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Utilidad objetiva del derecho economico

El moderno derecho económico, observando las realidades, ha de entender cosa distinta; la ciencia económica enseña que todo negocio jurídico en el que una de las obligaciones a de ejecutarse en una fecha futura o serie de fechas futuras “tiene el carácter económico de un préstamo”; esto es, se asemeja a un mutuo. Entonces los efectos jurídicos de las obligaciones pendientes de pago a de entenderse, como lo hace el artículo 1163. Que salvo pacto expreso en lo contrario se deberán intereses sobre las sumas de dinero o sobre el valor de las cosas adeudadas. En consecuencias los intereses se presumen en todos los casos de obligaciones comerciales cuya ejecución o pago este pendiente.


Existen razones que sustentan esta tesis: el deudor de obligación comercial cuya ejecución está pendiente obtiene un beneficio, utilidad o incremento patrimonial derivado de la explotación que hace del bien o servicio que de dar, entregar o hacer o de la contraprestación recibida al momento de celebrar el negocio jurídico. Es claro que el acreedor, al no poder hacer tal uso o explotación, deja de percibir aquel beneficio o utilidad.

José Alpiniano García-Muñoz pag. 162

lunes, 6 de septiembre de 2010

“EL JUSNATURALISMO”

El iusnaturalismo moderno interpreta el derecho natural desde el punto de vista de los derechos que atribuye, el medieval insiste en los deberes que se derivan de dicho derecho natural. Ya sea atreves de los derechos (predicados de los individuos) o de los deberes (impuestos al soberano), el derecho natural desarrolla según Norberto Bobbio una de sus funciones más importantes, y en este caso constante, que es la de imponer al poder del Estado.

(“Jusnaturalismo y Positivismo Jurídico”

Javier Dorado Porras pag.53)



La idea iusnaturalista es una respuesta filosófica al problema del Derecho; de ahí que su historia se inserte en la historia de la filosofía.

La idea de que por encima de las leyes humanas existen unos principios superiores ya estaba presente en el pensamiento griego, y no ha dejado de ser una constante histórica. Su carácter filosófico hace que sea dispar, diversa y cambiante.

El Derecho Natural es un auténtico derecho con las implicaciones socioculturales que ello conlleva, tiene condición de leyes morales, en cuanto que pretenden guiar la conducta humana en el seno de la convivencia social. Esto es en sentido amplio. En sentido concreto, se trata de referencias normativas, pero no jurídicas.



Algunos pensadores pensaban sobre el jusnaturalismo lo siguiente:



*SÓCRATES

Contrarresta la influencia de los sofistas. Para él, hay un mundo de valores superiores al hombre, por ejemplo la Justicia (cuyo reflejo objetivo, piensa el filósofo, son las leyes humanas). En consecuencia, el Estado aparece como una realidad natural, lo cual justifica la obediencia al mismo.



*PLATÓN

Con su Teoría de las Ideas, propone un iusnaturalismo en sentido amplio. Para él, la verdadera ley es aquella que más se acerca a la idea de ley justa, o lo que es lo mismo, a la idea de Justicia.



*ARISTÓTELES

Divide la Justicia en lo que llama ley particular, que es la ley de la polis, y la ley común, que es la que rige la Naturaleza (y que para él es la justicia objetiva). Por tanto, es iusnaturalista en el sentido en que reconoce la existencia de leyes según la Naturaleza.



Página: http://www.galeon.com/iusnaturalismo/

Es la creencia en un orden objetivo superior o suprapositivo de carácter universal. Este orden objetivo constituye al mismo tiempo el orden jurídico natural en el que ha de inspirarse, fundarse y orientarse el ordenamiento jurídico positivo que regule las relaciones de convivencia. Se trata de unos principios jurídicos universales e inmutables que surgen de la naturaleza y que están al margen del arbitrio del legislador pero debe reflejar en el Derecho Positivo si desea que sus normas tengan validez.



• Es la búsqueda de un ideal superior de justicia que la defienda contra la arbitrariedad de las leyes humanas.



• En el iusnaturalismo teológico las normas habían sido establecidas por Dios, pero podían ser conocidas por la razón humana.



• En el iusnaturalismo racionalista las normas habían sido creadas por la razón humana, no deriva de los mandamientos divinos.



• El historicista pretende deducir normas universalmente válidas a partir del desarrollo de la historia humana, movida por una necesidad interna que la conduce hacia algún destino.


• La teoría de la naturaleza de las cosas establece que ciertos aspectos de la realidad poseen fuerza normativa y constituyen una fuente de derecho a la cual debe adecuarse el Derecho Positivo, poniendo límites a la voluntad del legislador.

jueves, 2 de septiembre de 2010

Surgimiento del Derecho Economico

                                                                “Derecho Económico”


El derecho económico es el conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, intercambio y consumo de la riqueza generalizada por un sistema económico.

El derecho económico es la rama del derecho cuyas normas y principios tienen por objeto la organización, disciplina y control de las actividades económicas del Estado y de emprendimientos privados en lo tocante a la producción, la circulación y al consumo de la riqueza tanto en ámbito interno como en el ámbito internacional.

Lo común a todas las definiciones:

1. Organización de la economía.

2. Asignación de un poder regulador eficiente al Estado.

3. Fomento de los mecanismos del mercado.

4. Busca conciliar intereses generales con los privados nacionales y extranjeros.

5. Poder de sancionar (prácticas desleales o monopólicas).

El derecho económico está en función de la política económica, según la fuerza o articulación de los grupos que controlan alternativamente el poder. El derecho por sí mismo constituye un fenómeno histórico en constante evolución y cambio, el derecho económico sigue el sentido y el ritmo de los cambios de la política económica. Primero está la economía política (la cual diseña y propone el sentido económico a seguir), después sigue la economía política (que se forma como el centro de decisiones macroeconómicas, a las cuales los agentes económicos deben de atenerse y ajustarse) y para regular jurídicamente las decisiones y la planificación surge el derecho económico. En la evolución histórica de la sociedad se presentan cambios en los sistemas económicos, los cuales necesitan una base legal en la cual reafirmarse (necesita instituciones del derecho) y por lo tanto, los sistemas jurídicos tienen nuevas funciones de organización de las relaciones sociales y de alcanzar el equilibrio entre las fuerzas económicas existentes en el contexto social. Por ejemplo:

1. A sistemas económicos liberales corresponde un sistema jurídico individualista y privativo.

2. A sistemas económicos socializados corresponde un sistema jurídico administrativo y público, centrando el problema en el derecho de la propiedad socializada.

3. A sistemas económicos mixtos corresponde un sistema jurídico que regula, disciplina y sanciona la política económica y la planificación del desarrollo.

El derecho económico tiene un aspecto normativo y otro práctico-económico, es decir, tiene categorías jurídicas que proporcionan el mandato legal, este mandato legal acotan los comportamientos de agentes y operadores económicos. En un sentido de valoración económica y simplificación, de lo que se trata es de facilitar y estimular la actividad económica, sin trabas burocráticas ni decisiones discrecionales. La única forma que tiene el Estado para intervenir en la economía es a través del derecho, utilizando las leyes, reglamentos, decretos que le permitan implementar una política económica y como tal, una norma jurídica que se impone en la sociedad y en el mercado por la cohercitividad implícita en toda norma. Las razones por las cuales el estado interviene en la economía son:

1. Para corregir las fallas del mercado y para lograr una mayor eficiencia.

2. Para lograr políticas estabilizadoras y trata de disminuir el problema de los ciclos económicos.

3. Para lograr una mayor equidad, efectuando la redistribución del ingreso y lograr el bien común.

Antecedentes históricos del derecho económico.
Antecedentes Europeos.

Los inicios del derecho económico se encuentran en Alemania e Italia, a partir de la situación creada por la Primera Gran Guerra. Se dictaron medidas legales de urgencia para ejercer control sobre las actividades económicas, las cuales iban dirigidas al esfuerzo bélico. Posteriormente, la crisis de 1929 y el estallido de la Segunda Gran Guerra dieron lugar a la acción interventora del Estado. En este proceso histórico de cambios económicos (surgimiento del socialismo) y de explosiva dinámica social (diferentes fenómenos sociales de posguerra), dio origen a la legislación que permite al Estado intervenir en la economía: se le faculta para organiza y orienta la producción, crea planes, regula y controla el comercio externo e interno, fomenta las inversiones, controla el crédito, etc.

Antecedentes en México.

La primera etapa se remonta a la Constitución de 1917, en donde se establece:

1. La propiedad como función social.

2. El artículo 27 que entrega a la Nación la rectoría de los recursos naturales.

3. El artículo 5 que reconoce la libertad de trabajo.

4. La legislación secundaria iniciada en los 1920´s referente a la nacionalización de sectores estratégicos.

Los antecedentes del derecho económico están en la Constitución de 1917, en la que se postula y legitima la rectoría económica del Estado, facultándolo para planificar en forma concertada e indicativa el desarrollo económico y social de México. La segunda etapa se inicia en los años 1980´s, cuando México se inserta en una situación jurídico-económica de carácter dual. Las reformas constitucionales de 1983 desplegaron, actualizaron y sistematizaron los principios existentes desde 1917. En 1988 se inició un proceso privatizador y de desregulación económica que relega al Estado de la rectoría económica.

Fuentes del Derecho económico.

Las fuentes del derecho económico son los principios básicos del sistema económico, que garantizados por la Constitución y controlados por expresiones normativas diversas, disciplinan a los agentes productivos a fin de que su comportamiento se ajuste a las metas que el Estado se fije como necesarias y convenientes.

Fuentes generadoras.

La Constitución Política de México: al marco constitucional deben responder las leyes, reglamentos, decretos y demás expresiones jurídicas que facultan la Estado para dirigir y planificar el desarrollo económico. A esta fuente primaria suceden todas las demás expresiones normativas formales que apuntan a establecer un orden social y económico compatible con la intervención económica en un marco de libertad y garantías individuales.

A) Vertientes Macro jurídicas:

* Los 22 capítulos del TLCAN.

* Los acuerdos comerciales firmados por México.

* Los acuerdos multilaterales o códigos de conducta de la OMCB).

B) Vertientes Micro jurídicos:

* Ley del Impuesto sobre la Renta.

* Ley general de sociedades Mercantiles (regula los tipos de sociedades que pueden realizar actividades económicas).

* Ley de Inversiones Extranjeras.

* Ley Federal de Competencia Económica.

* Ley de Protección al consumidor.
Fuentes reales.
1. Nacionales: grupos de presión internos (empresarios, agricultores, sindicatos, profesionales, consumidores, etc.).

2. Extranjeras: los organismos financieros internacionales (FMI, BM), los inversionistas, banqueros, mercados y gobiernos extranjeros.
Otras fuentes.
1. Tecnológicas: la tecnología como bien escaso y concentrado en países industrializados, cuya difusión y adquisición está limitada por monopolios trasnacionales. Sin tecnología no hay desarrollo y se está dispuesto a adquirirla a cualquier precio.

2. Económicas: la disciplina monetario-financiera recomendada por el FMI puede afectar el rumbo que sigue derecho económico de un país.

3.Sociológicas: el derecho económico se ve afectado por las consecuencias sociales de implementar determinadas políticas económicas, ya sea que favorecieran al capital (estimular la inversión) o se inclinara a favor del trabajador (estimular el consumo).

El sistema sociopolítico es el indicador que le señala al derecho económico las fluctuaciones que pueden operarse, manteniendo el conflicto social bajo control y manteniendo el equilibrio respecto a los grupos antagónicos.


Clasificación del derecho económico.

1. Interno: es el conjunto de normas que rigen la política económica en el ámbito de un país.

2. Externo: son las normas y principios que disciplinan los comportamientos estatales en la comunidad internacional.

Características del derecho económico.
1. Humanista: porque tiene como centro al hombre.

2. Dinámico: las normas cambian y se adaptan a los cambios tecnológicos y productivos. Es dinámico pero no es globalizado, los subsidios para impulsar a la pequeña empresa y productores agrícolas serán oportunos para los países en desarrollo, pero para los productores de países desarrollados serán desleales e injustos.

3. Complejo: porque muestra facetas duales, las normas de la OMC que liberan los mercados para las exportaciones de los países en desarrollo, coexisten junto con normas que sancionan a las empresas estatales estratégicas vitales para el crecimiento económico de dichos países.

4. Nacional e internacional: el derecho económico mexicano se conforma por normas internas (arts. 3, 5, 25, 26, 27 y 28 de la Constitución); por normas zonales (los 22 capítulos del TLCAN que otorgan trato nacional, trato de nación más favorecida y principios de transparencia a las empresas y ciudadanos extranjeros en suelo mexicano); y las externas son las normas del FMI, de la OMC y la OCDE que encuadran los comportamientos de gobernantes y gobernados en México.

5. Concreto: porque su basamento es constitucional y sus legislaciones secundarias se aplican a relaciones económicas que tienen como escenario el territorio nacional y zonal.

6. Multidisciplinario e interdisciplinario: multidisciplinario hace referencia a que el derecho económico puede ser estudiado por diferentes áreas del conocimiento, económico, jurídico, político, etc. Este es el principal problema en las negociaciones internacionales, pues de lo que se trata es de lograr armonizar las diferentes posturas e intereses de los países que en ellas intervienen. Es interdisciplinario por que representa la síntesis de la economía y el derecho, las normas de contenido económico requieren un abordaje no formalista y esencialmente realista y sociológico. Si se devalúa la moneda (como medida para impulsar las exportaciones) se deben tener presentes los efectos que esto tiene sobre los salarios, los ingresos para educación, vivienda, salud, etc.

7. Instrumento para el cambio social: cambio social entendido como una transformación productiva que genera crecimiento y desarrollo económico en forma sustentable con equidad y justicia social.

FUENTE: http://www.docstoc.com/docs/4982222/Elementos-del-Derecho-economico

El Derecho y la economía se encuentran en una frontera mutua y vasta, que comprenden las relaciones sociales comunes que forman parte de su objeto y que son tratadas en forma distinta por cada disciplina, relaciones susceptibles a alteraciones en la problemática social, que inducen a cambios en las especialidades jurídicas sobre el sistema del Derecho, originando uno de sus más recientes productos el Derecho Económico.

• Una de las causas ha sido La lucha contra las diversas formas de exclusión admitida ha sido, desde siempre, un punto destacado de las luchas por los derechos económicos.

• Otro de los problema del concepto de derecho económico de cualquier rama jurídica, estriba en el carácter de las relaciones sociales asumidas por esas normas, como bien acota Abelardo Torre, "no es posible establecer límites precisos y tajantes entre las diversas ramas jurídicas, puesto que en realidad hay una zona común en las fronteras, que abarca elementos integrantes de ambos campos limítrofes y que será más amplia, según las ramas de que se trate."